Para realizar la denuncia del cese de actividades en el Impuesto sobre Ingresos Brutos no necesita ir a Rentas.
El trámite se genera en forma sencilla, mediante la utilización de la Clave Ciudad proporcionada por la AGIP.
La denuncia de cese de actividades se producirá luego de realizada la transferencia electrónica de datos. El sistema extenderá un acuse de recibo que para el caso de tener algún anticipo pendiente de pago surgirá como "Trámite observado" hasta cumplir con la obligación.
Con la sola denuncia, a partir de la fecha de cese, queda relevado de la presentación de las obligaciones formales y materiales.
Si el sistema arrojara detalle de deuda, a las 72 hs de haberla regularizado, deberá proceder a iniciar nuevamente el trámite de denuncia de cese, repitiendo la fechas de ceses informada originalmente para obtener el "Cese Definitivo Sin Observaciones".
Quedan excluidos también de esta operatoria el cese por fallecimiento para las personas físicas y el cese por liquidación para las personas jurídicas.
Le recordamos que para seguir adelante con este trámite, debe contar a la mano con todos los datos que figuran en los formularios de inscripción.
Fuente: http://www.agip.gov.ar/