miércoles, 28 de septiembre de 2016

Buscando un cambio, descubrí el mundo del Teletrabajo.

Escribir, en algunas oportunidades sobre lo que realizamos en forma cotidiana, describir nuestras tareas puede ser más difícil de lo que en realidad parece.
Y en muchos casos responder a simples preguntas también puede ser tan o más difícil todavía.
¿Cómo comenzaste a teletrabajar?, simple y concreta la pregunta y complicada la explicación. Creo fue más por una necesidad personal que por conocimiento de la temática.
Por el año 2007 cuando buscaba un cambio profundo tanto en lo profesional como en lo personal llego la oportunidad de trabajar desde casa, sin aún saber, que estaba ingresando así al mundo del teletrabajo y los prestadores de teleservicios. Conocí y contacté a la Lic. Sonia Boiarov, titular de la Fundación Caminando Utopías para la Inclusión Social y Laboral y Torres de Teletrabajo, única persona hasta aquel momento que respondió a muchas inquietudes sobre esta modalidad, una verdadera visionaria en el tema teletrabajo.
Y casi por necesidad, solo para poder realizar las tareas cotidianas comencé a acceder al gran mundo de las TICs, Internet, celular, cámaras, sistemas de trabajo y almacenamiento en la nube, comunicaciones vía remota, conexiones remotas, y tantas más que seguramente lo cotidiano hace que ni siquiera seamos conscientes de todo aquello que utilizamos.
Parte de mi casa se fue lentamente convirtiéndose en una oficina, pero con grandes diferencias. No hay papeles, trabajo con doble monitor lo que me permite utilizar la gran mayoría de los documentos digitalizados por los propios clientes. Ni un solo papel se mueve de su lugar de origen.
En un monitor se visualiza el sistema contable o bien la página en la que se trabajará y en el otro el documento en cualquier formato de imagen.
Tampoco hay personas cerca, las comunicaciones son remotas, Skype, Redes Sociales, WhatsApp, y cualquier otro que surja y resulte práctico.
Y sobre este último punto es sobre el cual quisiera hacer hincapié, ya que esta forma de trabajo no resulta útil para todas las personas. Y precisamente por eso, porque somos personas, y cada uno de nosotros piensa y siente en forma diferente, algunas se adaptan y se sienten cómodas y otras no.
Hace poco una Colega me dice “no me siento productiva desde que trabajo en casa”, y me dejó pensando porque en cambio yo si me siento cómoda y totalmente productiva. Y a eso apunto cuando sostengo que el teletrabajo es fantástico no es para todo el mundo, y ¡tampoco debería serlo! O no?
Adaptarse a esta modalidad es sencillo cuando es realmente lo que se busca. A mí en lo personal me resulta totalmente satisfactoria. Tuve que hacer muchos cambios tanto personales como profesionales, pero al lograrlo me siento mejor que en mis épocas, lejanas por suerte, de relación de dependencia o mejor dicho, en la modalidad presencial.
Investigar en forma permanente creo es uno de los secretos, el mundo virtual siempre nos ofrece nuevas y variadas posibilidades y necesitamos estar atentos.
Como sugerencia, hay que evitar las distracciones, las llamadas de familiares y de amigos durante la jornada de trabajo, ellos con el tiempo deberán entender que no “estoy en casa” si no que estoy “trabajando desde casa” que no es lo mismo.
En el año 2015, un informe del portal de internet Freelancer.com ya sostenía que unas cuarenta mil mujeres elegían el teletrabajo como modalidad que les permite cuidar a sus hijos sin salir de su hogar y generar ingresos. Y aún para aquellas que no tienen hijos, conciliar su vida familiar y profesional/laboral. Y esa tendencia ha ido en aumento para alegría de todos los que la adoptamos hace tiempo.
En aquel momento, el Director Internacional de este portal, Sebastián Siseles, señalaba que las mujeres tendían a elegir trabajos relacionados con la comunicación, el diseño, marketing, etc., pero en la actualidad es cada vez mayor la tendencia a que se sumen otras profesiones.

Nos seguimos leyendo! Saludos y Muchas Gracias por su tiempo!

Dra. Elizabeth Julia Sanchez
Contadora Pública - Universidad de Buenos Aires
Torres de Teletrabajo Piso 40 Oficina E1 http://torresdeteletrabajo.com/oficina/40/E1



Teletrabajo en Uruguay: “Sensibilizar, Formar, Retener”


Excelente artículo de la Dra. Iris Moreno Roca, se los comparto y les dejo el link para leerlo completo.

   En el Uruguay el Teletrabajo dejó en 2009, ingresos para el país de 500 millones de dólares, estimándose que alrededor de 100.000 personas se dedican a esta actividad, 50.000 en exclusividad para el extranjero y aumentó a un 40% de teletrabajadores en el interior del país, un fenómeno realmente vertiginoso.
   La primera frase que me quedó grabada aquella mañana lejana de 2007 fue la de : “Vivir acá, trabajar allá, ganar allá y gastar acá“.





lunes, 26 de septiembre de 2016

AGIP: Ingresos Brutos pago online para el Régimen Simplificado

   La cancelación del pago  mensual del impuesto a los ingresos brutos se podrá realizar a través de las redes Pago mis Cuentas y Link Pagos para los contribuyentes del régimen simplificado.
"El trámite podrá ser realizado para la posición correspondiente al vencimiento del mes en curso a través de las redes Pago mis Cuentas (Banelco) y Link Pagos. Para ello deberá anteponer el código 040 al número de CUIT, sin guiones", aclara el comunicado de AGIP.

Para ello deberá anteponer el código 040 al número de CUIT, sin guiones.

• Se podrá abonar la posición correspondiente al vencimiento del mes en curso.
• Fecha límite: hasta su vencimiento
• Deberá ingresar como clave la CUIT (sin guiones) anteponiendo el código 040 (040+CUIT)

Ejemplo. 04027xxxxxxxx9


Fuente: AGIP

AÑO NUEVO JUDÍO (ROSH HASHANA). AÑO 2016 / 5777


Este año, la celebración del Año Nuevo Judío comienza el día 2 de octubre a las 18:30 horas y finaliza el día 4 de octubre a las 18:30 horas.

Conforme el artículo 6 del decreto 1584/2010, para festejar el Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), serán considerados 2 días como días no laborables para todos los trabajadores que profesen la religión judía. 

Fuente: Errepar


domingo, 25 de septiembre de 2016

Plan "Ahora 12"


El gobierno nacional extenderá el plan de pagos de compras en cuotas "Ahora 12" hasta el 31 de enero, con el fin de impulsar el consumo y la producción. Además, a partir del próximo mes incluirá la venta de juguetes y juegos de mesa de manera permanente.


AHORA 12 es un Programa de crédito para fomentar el consumo, el comercio, el empleo y la producción nacional. Con AHORA 12, los argentinos pueden comprar en 12 cuotas sin interés con tarjeta de crédito.

Porque cuando un argentino consume, muchos sostienen su trabajo.

sábado, 24 de septiembre de 2016

Cese de Actividades - Ingresos Brutos CABA


  Para realizar la denuncia del cese de actividades en el Impuesto sobre Ingresos Brutos no necesita ir a Rentas

     El trámite se genera en forma sencilla, mediante la utilización de la Clave Ciudad proporcionada por la AGIP.

      La denuncia de cese de actividades se producirá luego de realizada la transferencia electrónica de datos. El sistema extenderá un acuse de recibo que para el caso de tener algún anticipo pendiente de pago surgirá como "Trámite observado" hasta cumplir con la obligación.


      Con la sola denuncia, a partir de la fecha de cese, queda relevado de la presentación de las obligaciones formales y materiales.


    Si el sistema arrojara detalle de deuda, a las 72 hs de haberla regularizado, deberá proceder a iniciar nuevamente el trámite de denuncia de cese, repitiendo la fechas de ceses informada originalmente para obtener el "Cese Definitivo Sin Observaciones".

       Quedan excluidos también de esta  operatoria el cese por fallecimiento para las personas físicas y el cese por liquidación para las personas jurídicas.

       Le recordamos que para seguir adelante con este trámite, debe contar a la mano con todos los datos que figuran en los formularios de inscripción.

Telework 2016 Lima XXI International ITA Workshop

El Telework se configura como el evento académico internacional más importante sobre el teletrabajo.

Para más información





Cómo vivir del teletrabajo y no morir en el intento - El Colombiano

Excelente artículo:
"Dicha modalidad laboral hizo carrera en el mundo desde la década de los setenta, cuando el físico Jack Nilles, en plena crisis del petróleo, propuso una máxima que se convirtió en tendencia con el desarrollo de las telecomunicaciones e internet: "llevar el trabajo al trabajador y no el trabajador al trabajo"."


Cómo vivir del teletrabajo y no morir en el intento - El Colombiano

Cómo vivir del teletrabajo y no morir en el intento - El Colombiano

Excelente artículo:
"Dicha modalidad laboral hizo carrera en el mundo desde la década de los setenta, cuando el físico Jack Nilles, en plena crisis del petróleo, propuso una máxima que se convirtió en tendencia con el desarrollo de las telecomunicaciones e internet: "llevar el trabajo al trabajador y no el trabajador al trabajo"."


Cómo vivir del teletrabajo y no morir en el intento - El Colombiano

10 Razones para Ser Emprendedor y no un empleado

Hoy trabajamos con mucha calma!

Sircreb, ¿corresponde que me retengan?

El Sistema SIRCREB es un sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias para posibilitar el cumplimiento de los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, correspondientes a los contribuyentes comprendidos en las normas del Convenio Multilateral, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras.



   Pero, también se incluye en el padrón Sircreb a aquellos contribuyentes que posean deuda tanto en el Régimen de Contribuyentes Locales como los del Régimen Simplificado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para verificar su inclusión en dicho padrón se puede consultar la página 

Depósito electrónico de cheques

 
   A partir del próximo 1 de noviembre del corriente comenzará a regir el depósito de cheques a través de celulares y aplica tanto a cheques comunes como diferidos incluidos los que contengan la cláusula "no a la orden" y deberán ser conservados por el cliente durante 60 días a partir del depósito, lapso durante el cual podrá ser requerido por el Banco.



   Todos los bancos estarán habilitados y obligados a instrumentarlo ya sea a través de una aplicación o bien a través del homebanking o cualquier otro mecanismo que crean conveniente.

   Los cheques deberán contener al frente y al dorso la leyenda "presentado electrónicamente al cobro".



   Se busca, sobre todo, favorecer la bancarización y utilizar las Tic´s cada vez en forma más masiva, disminuyendo en algunos casos los costos de los emprendedores y las pequeñas empresas sobre todo para el caso de las cobranzas no realizadas por transferencias electrónicas.

Fuente: Comunicación A 6071 del 22/09/2016 BCRA

miércoles, 21 de septiembre de 2016

FACTURA ELECTRÓNICA. Su aplicación a partir del 01/11/2016




A partir del 1 de noviembre todos los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado tendrán que emitir obligatoriamente la factura en forma electrónica.

   Los últimos contribuyentes que quedaban, en el cronograma de vencimientos que había establecido la AFIP, fueron los que durante todo el año 2015 tuvieron ingresos netos de facturación inferiores a $500.000. Asimismo otras actividades, independientemente su condición frente al IVA, tendrán que usar este método de facturación desde noviembre próximo.
   Sin embargo, los contribuyentes que todavía por problemas estructurales o regionales, no tengan acceso a Internet y que se vean impedidos de cumplir con la factura electrónica, podrán comunicar –en carácter de declaración jurada- esa situación ante la AFIP, antes que comience la vigencia de la obligación; o sea, hasta el 31 de octubre de 2016.
   Quedaban incluidas dentro de la nueva modalidad de facturación los comprobantes tipo "A", "A con CBU", "M" y "B", que se emitan por venta de bienes, por las prestaciones de servicios y las locaciones de obra.
      Continúan excluidos de esta obligación los comercios que utilizan controladores fiscales y también los casos de venta de bienes muebles o prestaciones de servicios que no se efectúan en el comercio y en la medida que la entrega o prestación se realice en el domicilio del cliente.
   Por otro lado, la AFIP determinó la fecha del 1 de noviembre para el uso obligatorio de la factura electrónica para otras actividades, independientemente el nivel de los ingresos que tuvieron y de la situación que tengan frente al IVA: 
  • Los operadores del sector lácteo.
  • Acopiadores e intermediarios del sector tabacalero.
  • Las empresas de medicina prepaga; los colegios privados; los locadores de inmuebles rurales y las galerías de arte.
  • También se incluye dentro de la obligación de facturar en forma electrónica a los dueños e intermediarios que alquilen inmuebles con fines turísticos, los que tendrán que emitir también la factura electrónica cuando realicen esas operaciones.

  Implementada la factura electrónica, adicionalmente nace desde ese momento la obligación de informar mensualmente a la AFIP todas las operaciones de compras y de ventas, detalladas una por una, utilizando el programa respectivo.
        Los que estén obligados y no utilicen este mecanismo de facturación, ante una inspección podrían ser sancionados por la AFIP con multas y hasta con la clausura del local o establecimiento.
Fuente: Afip e Infobae Profesional

EMPLEADOS DE COMERCIO. DÍA DEL GREMIO EL LUNES 26 DE SETIEMBRE

Recordamos que el próximo lunes 26 de setiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio, conforme lo estipulado por la ley 26541.

            La citada normativa asimila el tratamiento de este día como un feriado nacional a todos los efectos legales. 

            En consecuencia, y en virtud de lo establecido en el artículo 166 de la ley de contrato de trabajo, si el trabajador presta servicios en este día, tendrá derecho a cobrar la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.


Fuente: Errepar

IGJ - Gestión Documental Electrónica (GDE)

Desde el 01/08, los trámites de solicitud de información son gestionados internamente de manera electrónica. La medida se implementa en el marco del Plan de Modernización del Estado (Decreto N° 434/16) y del sistema de Gestión Documental Electrónica (Decreto N° 561/16).
Trámites incluidos
  • Pedidos de informe (De datos registrales, cumplimiento de obligaciones, presentación de balances y pago de tasas)
  • Copias y testimonios (Pedidos de copias simples y certificadas de inscripciones y balances)
  • Certificados (de vigencia, de vigencia por cambio de jurisdicción, CEVIP, domicilio, medidas cautelares, matrículas)
     
Presentación de los trámites
Los trámites se presentan por mesa de entradas, mediante la presentación del formulario de pago y el formulario complementario. Recomendamos consultar los requisitos específicos de cada solicitud en nuestra Guía de Trámites.
Tramitación a distancia (TAD)
La tramitación electrónica prevé la implementación de un portal web para inicio de los trámites sin necesidad de asistir al organismo (Resolución SMA N° 12/16). Esta plataforma permite recibir notificaciones y la documentación solicitada, aún cuando el trámite se haya iniciado de manera presencial en mesa de entradas. Para ello, se deberá tener habilitado el usuario TAD y declarar el CUIL/CUIT en el formulario complementario.
El uso de TAD permitirá recibir los documentos de manera electrónica, minimizando la utilización de papel sin afectar la seguridad jurídica. Los informes, copias y certificados serán firmados con firma electrónica o digital, según el caso.
Cuando se habilite la posibilidad de iniciar los trámites a distancia será oportunamente comunicado a través de nuestra página web. 
Notificaciones
En caso de no poseer usuario TAD recibirá la notificación de que el trámite ha recibido una observación o se encuentra finalizado vía correo electrónico (declarado en el formulario complementario). El retiro se efectúa por Mesa General de Entradas, previa solicitud de turno.
Fuente: http://www.jus.gob.ar/igj




Esta es una publicación informativa, consulte siempre a un Profesional Matriculado.

Festejos de hoy! 21/09/2016 Argentina

           Muchos motivos para festejar en el día de la fecha, el equipo de Su Contable Online saluda a todos Uds. y les desea una excelente jornada!

Feliz Día del Estudiante para todos aquellos que nunca dejamos de estudiar y para los futuros profesionales!!

FELIZ PRIMAVERA para todos los del Hemiferio Sur!


Feliz Día a todos los trabajadores de la Salud de Argentina!

lunes, 19 de septiembre de 2016

AFIP - Exhibición del Formulario Nº 960/ NM - “Data Fiscal”

"Data Fiscal"
Importancia de su exhibición



  Los contribuyentes y/o responsables que, por las operaciones de venta de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, se encuentran obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal”, en sus locales de venta, locación o prestación de servicios —incluyendo lugares descubiertos—, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares.

  El Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” deberá ubicarse en un lugar visible y destacado próximo a aquel en el que se realice el pago de la operación respectiva, cualquiera sea su forma, de manera tal que permita acercar un dispositivo móvil (teléfono inteligente, “notebook”, “netbook”, tableta, etc.) provisto de cámara y con acceso a “Internet”, a una distancia máxima de UN (1) metro para proceder a la lectura del código de respuesta rápida (QR) impreso en el mismo, por parte del público en general y de los agentes de esta Administración Federal, sin que otros formularios, carteles, avisos, letreros, etc., impidan su rápida localización.


Quienes posean vidriera en el local o establecimiento deberán, además, exhibir dicho formulario contra el vidrio, en un lugar visible para el público desde el exterior del local o establecimiento, pudiendo el mismo ser de una dimensión menor a la indicada en el Artículo 26 (hasta el tamaño A6).

  El Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” deberá sustituirse cuando se modifique la situación fiscal del responsable (vgr. cambio del domicilio declarado, de categoría en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), de condición frente al impuesto al valor agregado), o cuando su deterioro obstaculice o impida la lectura del código de respuesta rápida (QR).

  Para obtener el Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” se deberá ingresar al servicio denominado:

 “Formulario Nº 960/NM” del sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar) mediante la utilización de la “Clave Fiscal” con Nivel de Seguridad 2 o superior.

  La solicitud de emisión del Formulario Nº 960/NM - “Data Fiscal” se realizará por cada domicilio comercial.

Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina. 29/08/2012

FELIZ DIA para todos los EMPRENDEDORES!!


FELIZ DIA para todos los EMPRENDEDORES!! 
En mi caso, en especial a todos aquellos prestadores de teleservicios, que cada vez seamos mas!! y sean mas lo que se animen a emprender!!


Vencimientos de la semana

IGJ - Gestión Documental Electrónica (GDE)

Desde el 01/08, los trámites de solicitud de información son gestionados internamente de manera electrónica. La medida se implementa en el marco del Plan de Modernización del Estado (Decreto N° 434/16) y del sistema de Gestión Documental Electrónica (Decreto N° 561/16).
Trámites incluidos
  • Pedidos de informe (De datos registrales, cumplimiento de obligaciones, presentación de balances y pago de tasas)
  • Copias y testimonios (Pedidos de copias simples y certificadas de inscripciones y balances)
  • Certificados (de vigencia, de vigencia por cambio de jurisdicción, CEVIP, domicilio, medidas cautelares, matrículas)
     
Presentación de los trámites
Los trámites se presentan por mesa de entradas, mediante la presentación del formulario de pago y el formulario complementario. Recomendamos consultar los requisitos específicos de cada solicitud en nuestra Guía de Trámites.
Tramitación a distancia (TAD)
La tramitación electrónica prevé la implementación de un portal web para inicio de los trámites sin necesidad de asistir al organismo (Resolución SMA N° 12/16). Esta plataforma permite recibir notificaciones y la documentación solicitada, aún cuando el trámite se haya iniciado de manera presencial en mesa de entradas. Para ello, se deberá tener habilitado el usuario TAD y declarar el CUIL/CUIT en el formulario complementario.
El uso de TAD permitirá recibir los documentos de manera electrónica, minimizando la utilización de papel sin afectar la seguridad jurídica. Los informes, copias y certificados serán firmados con firma electrónica o digital, según el caso.
Cuando se habilite la posibilidad de iniciar los trámites a distancia será oportunamente comunicado a través de nuestra página web. 
Notificaciones
En caso de no poseer usuario TAD recibirá la notificación de que el trámite ha recibido una observación o se encuentra finalizado vía correo electrónico (declarado en el formulario complementario). El retiro se efectúa por Mesa General de Entradas, previa solicitud de turno.
Fuente: http://www.jus.gob.ar/igj




Esta es una publicación informativa, consulte siempre a un Profesional Matriculado.

IIBB CABA - Modificaciones a partir del 01/11/2016 - RG.421/2016 Agip

Conforme lo dispuesto por la RG. 321/2016, la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Agentes de Recaudación de dicho impuesto ha establecido con vigencia a partir del 1 de Noviembre de 2016, lo siguiente:








Obligados  a  actuar  como  Agentes  de  Recaudación:
a) Los  sujetos  que  desarrollen  actividades  en  la  Ciudad Autónoma de Buenos Airesque  hubieran  obtenido  en  el  Año  Calendario  Inmediato  Anterior:    Ingresos  por un  monto superior  a  $ 60.000.000. A tales fines deberán considerarse  los ingresos gravados,  exentos  y  no  gravados,  de  todas  las  jurisdiccionesnetos de impuestos.
b) Los  sujetos  enumerados  en  los  Anexos  II,  III,  IV  y  V  de  la  presente resolución. (Sugerimos consultar la respectiva RG)
Quedan excluidaslas  Asociaciones Civiles  sin  fines  de  lucro  entre otras. (Sugerimos consultar la respectiva RG)
Este punto es el que consideramos de importancia para todos los teletrabajadores, prestadores de teleservicios, profesionales independientes y pequeños emprendedores en general.


Sujetos  Pasibles  de  Percepción:
  1. Contribuyentes  y/o  responsables  del  Impuesto,  en  la  Ciudad Autónoma de Buenos AiresCategorías  Locales o  Categoría  Convenio Multilateral,  que  realicen ventas  de muebles,  locaciones (de  cosa, obras o servicios)  y/o prestaciones  de serviciosindependientemente  del  lugar  donde  se  materialicen  las  mismas.

También  son  pasibles  de  percepciónlos  sujetos  que  siendo  contribuyentes o  responsables  del  Impuesto  en  extraña  jurisdicciónrealicen  las  operaciones mencionadas  en  el  párrafo  anterior,  en  el  ámbito  de  la  Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Sujetos  Pasibles  de  Retención  del  IIB:
  1. Contribuyentes  y/o  Responsables  del  Impuesto  sobre  los  Ingresos Brutos, Categoría  Locales  o  Categoría  Convenio  Multilateralque realicen operaciones de ventas  de  cosas  muebles, locaciones  (de  cosas,  obras o  servicios)  y/o prestaciones de  servicios,  dentro  del  ámbito  de  la  Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Excepciones:
Entre las mencionadas se encuentran:
Los  sujetos  exentos  o  no  alcanzados y contribuyentes  inscriptos  en  el  Régimen Simplificado IIBB CABA.
Formas  de  Acreditar  la  Situación  Fiscal.
  • Contribuyentes  Locales: mediante  la  Constancia  de  Inscripción como contribuyente  del  Impuesto  sobre  los  Ingresos  Brutos.
  • Contribuyentes  alcanzados  por  normas  del  Convenio  Multilateralmediante  la Constancia  de  Inscripción  o  Alta  en  la  jurisdicción
  • Exentos, con alguno de los siguientes elementos

(i) Copia  Simple  firmada  de  la  Resolsuscrita  con  el  Director (G) de  Rentas  reconociendo  la  exención;
(ii) Copia  Simple  firmada  de  su  Constancia  de  Inscripción  como exento  en  caso  de  resultar  obligado  a  ello;
(iii) Nota  firmada  con  carácter  de  DD JJ  en  caso  de  que  la  exención opere  de  pleno  derecho,  sin  necesidad  de  inscripción (punto importante para los profesionales - Ver publicación de "Profesionales Autodeclarados Exentos en CABA"):
(iv) Con la Consulta por parte de los Agentes de Recaudación de la página “web” (www.agip.gob.ar), conforme Resol. Nº 33/AGIP/09.
Esta es una publicación informativa, para su correcta implementación consulte siempre a un Profesional Matriculado.

domingo, 18 de septiembre de 2016

El sitio web empresarial como centro del plan de marketing

¿Qué estás haciendo en términos de Marketing para que tu empresa o negocio crezca y prospere?

Porque si tu sitio web está “abandonado” a su suerte, significa –casi con toda seguridad– que todo tu negocio va “a la buena de Dios”. Eso puede no ser un problema si estás en una actividad que funciona con el “boca en boca”, o si ya tienes una reputación en tu esfera de influencia.
Pero si estás en un área que requiere “estar allí” para que tus potenciales clientes te encuentren “en el momento justo”, entonces el sitio web de tu empresa o negocio tiene que ser el centro de tus estrategias de marketing.

- See more at: http://www.conceptolateral.com/cortito-70-sitio-web-como-centro-del-plan-de-marketing.html#sthash.EH9g2l2B.dpuf

Fuente: El sitio web empresarial como centro del plan de marketing

El sitio web empresarial como centro del plan de marketing

¿Qué estás haciendo en términos de Marketing para que tu empresa o negocio crezca y prospere?

Porque si tu sitio web está “abandonado” a su suerte, significa –casi con toda seguridad– que todo tu negocio va “a la buena de Dios”. Eso puede no ser un problema si estás en una actividad que funciona con el “boca en boca”, o si ya tienes una reputación en tu esfera de influencia.
Pero si estás en un área que requiere “estar allí” para que tus potenciales clientes te encuentren “en el momento justo”, entonces el sitio web de tu empresa o negocio tiene que ser el centro de tus estrategias de marketing.

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Fuente: El sitio web empresarial como centro del plan de marketing

RG 4816 AFIP Reglamentación Moratoria Ampliada 2020

RG 4816 AFIP Reglamentación Moratoria Ampliada 2020 : RG 4816 AFIP reglamenta la Moratoria Ampliada 2020 ley 27562 formalidades que deberán ...