A partir del 30 de octubre de 2017 se deberán tramitar a través de la plataforma trámite a distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE),
Los procedimientos que deberán tramitarse a través del TAD son:
Según lo dispuesto por el Art.18 de la Resolución 101-E/2017 Ministerio de Modernización, Secretaría de Modernización Administrativa. Fecha: 20/10/2017
ARTÍCULO 18.-
Establécese que los siguientes procedimientos de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA – IGJ, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, a partir del 30 de Octubre de 2017 deberán tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE):
1) Constitución de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
2) Actualización de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
3) SAS - Transformación a Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).
4) SAS - Solicitud de Renuncia (Art. 125 y 128 RG I.G.J. 7/15).
5) SAS - Apertura/cierre de sucursal en CABA por una sociedad domiciliada en jurisdicción provincial.
6) SAS - Traslado del domicilio social de provincia a jurisdicción de CABA.
7) SAS - Apertura/cierre de sucursal en jurisdicción provincial por una sociedad domiciliada en jurisdicción de CABA.
8) SAS - Cancelación sin liquidación por inactividad.
9) SAS - Liquidación y cancelación registral.
10) SAS - Traslado del domicilio social / Cancelación registral.
11) SAS - Emisión / Modificación / Cancelación de obligaciones negociables / Debentures.
12) SAS - Aprobación de texto ordenado de estatuto.
13) SAS - Transformación de SAS a otro tipo.
14) SAS - Disolución/nombramiento del liquidador, liquidación y cancelación registral. 15) SAS - Disolución y nombramiento de liquidador.