Por medio del decreto 52/2017, se reformuló el régimen de feriados para el territorio nacional:
- Se eliminan los feriados turísticos,
- Aquellos feriados nacionales cuyas fechas coincidan con días martes y miércoles se trasladan al día lunes anterior,
- Aquellos feriados nacionales cuyas fechas coincidan con días jueves y viernes se trasladan al lunes siguiente, y
- Excepciones: No se trasladan el 1 de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1 de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.
Fuente: Decreto 52/2017 BO 23/01/2017