En agosto 2016, el Banco Central (BCRA) habilitó la posibilidad de que las trabajadoras de casas particulares puedan tener cuentas sueldo.
Pero pocos bancos recogieron el guante, por lo que en los últimos días la entidad que preside Federico Sturzenegger convocó a las asociaciones de bancos y a algunas grandes entidades para empujar la iniciativa.
Luego de la reunión, varios bancos ya están trabajando en la posibilidad de incluir "pago de haberes" dentro de sus opciones del homebanking de personas físicas.
Este es un servicio que la mayoría de las entidades sólo ofrecían a empresas, dado que en el sistema no estaba originalmente incorporada la posibilidad de que una persona física sea considerada como "empleador".
Una vez habilitada la opción, la idea es que, cuando un empleador transfiera los haberes del mes a su empleada con la opción "pago de haberes" en su homebanking, y no como "factura", "honorarios" o "varios", el sistema tome esa caja de ahorro como cuenta sueldo.
"La mayoría de los bancos están trabajando en que una caja de ahorro que recibe periódicamente transferencias bajo el concepto "haberes' se transforme automáticamente en una cuenta sueldo. Esto trae muchos beneficios para el titular, como la gratuidad de las extracciones en cualquier cajero automático de cualquier banco", explicaron a La Nación.
Hoy las cajas de ahorro gratuitas contemplan la posibilitad de extraer efectivo sin costo sólo de los cajeros de la sucursal de la cual se es cliente o, en algunos casos, de los que forman parte de la red del mismo banco.
En las entidades aconsejan, a su vez, que los pagos de haberes se hagan siempre desde una caja de ahorro y no desde una cuenta corriente para evitar descuentos de impuestos como Ingresos Brutos o al cheque.
En noviembre pasado la AFIP ajustó el mecanismo para pagar y darle el recibo de sueldo a las empleadas domésticas.
Con la modificación se dispuso que el empleado pueda elegir entre generar los volantes de pago y el recibo mensual a través del Registro de Empleadores de la AFIP o seguir completando el Formulario 102/B (Formulario 102/RT desde octubre de 2014).
Fuente: www.iprofesional.com