El proyecto fue presentado por los diputados Facundo Moyano y Héctor Recalde luego de los últimos acontecimientos que son de dominio público.
Los puntos sobresalientes son:
Ø Los
valores de las deducciones se incrementan en un 40% cuyo efecto real resulta
mucho más elevado ya que este mismo proyecto contempla la eximición del
aguinaldo dentro de la base imponible utilizada para el cálculo de la
retención;
Ø Se
propone disminuir en un 2% la tasa máxima del impuesto;
Ø Los
valores propuestos correspondiente a las deducciones personales anuales son:
ü MNI de
$ 12.960 a
$ 18.144;
ü Cónyuge
de $ 14.400 a
$ 20.160;
ü Hijos
de $ 7.200 a
$ 10.080;
ü Deducción
Especial de $ 62.208 a
$ 87.091.
Ø Se
propone la inclusión de una cláusula de actualización anual automática;
Ø El
texto del proyecto propone la eximición del pago del impuesto a los siguiente
conceptos:
ü Aguinaldo
(SAC);
ü Horas
extras y nocturnas;
ü Feriados
obligatorios y días no laborables trabajados;
ü Rubros
legales y pagos adicionales por productividad;
ü Indemnizaciones
legales derivadas de la relación laboral;
Si
bien la gran mayoría de las modificaciones propuestas apuntan a la Renta de 4º categoría que es
aquella que representa los sueldos de los empleados en relación de dependencia,
jubilaciones, etc. también tendría, de ser aprobado, su impacto en los
emprendedores ya sea autónomos o monotributistas.
Sobre todo los autónomos a quienes les corresponde presentar
Ganancias Personas Físicas que toman las mismas deducciones personales que
aquellos que solo trabajan en relación de dependencia.
Y si vamos un poco más allá, las personas jurídicas también
tendrían su beneficio ya que disminuye la tasa máxima del 35% al 33%.
La reforma es global, ya que la Ley del Impuesto a las
Ganancias engloba en ciertos aspectos a todo tipo de rentas, autónomas y
provenientes del trabajo en relación de dependencia.