lunes, 13 de febrero de 2017

AFIP - Empleados en Relación de Dependencia - Consideraciones para el cierre del año 2016

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de marzo el plazo para la presentación del formulario 572, dado que hasta esa fecha tienen tiempo para presentar la adhesión al "Beneficio para Contribuyentes Cumplidores" por el cual pueden solicitar la exención en el Impuesto a las Ganancias de la cuota del sueldo anual complementario correspondiente al período fiscal 2016.

Para los empleadores, el año pasado tampoco terminó, dado que hasta el 30 de abril se prorrogó el plazo por única vez para cumplimentar su obligación de realizar la liquidación anual del gravamen.

A diferencia de años anteriores, los empleadores deben cumplir un formato predeterminado establecido por la AFIP mediante la resolución general 3839, de marzo de 2016, pero que todavía no aparece en la página de Internet del organismo.

También deberán entregar el formulario 649 con carácter informativo a los empleados a los cuales NO se les hubieran practicado la retención total del gravamen sobre las remuneraciones abonadas o a pedido del empleado, no debiendo superar la entrega del formulario citado el plazo de 5 días hábiles de formulada la solicitud.




Los empleados deberán realizar la presentación del formulario 572 con las siguientes deducciones de Ganancias:
  • Sus cargas de familia (cónyuge, hijos/as hasta los 24 años, y sólo por el año 2016 se pueden seguir considerando a los ascendientes y descendientes en línea directa: abuelos, nietos, entre otros) siempre que sean residentes en el país y estén a su cargo, no habiendo obtenido en el año entradas netas superiores a 42.318 pesos.
  • Los importes que se destinen a cuotas o abonos a instituciones que presten cobertura médico asistencial, correspondientes al empleado y a las personas que revistan para el mismo el carácter de cargas de familia. Si bien en el formulario 572 el empleado debe declarar el importe total de la factura abonada por tales conceptos, el empleador sólo podrá computarle como deducción hasta el 5% de la ganancia neta del ejercicio.
  • También pueden deducirse las primas de seguros para el caso de muerte, y los gastos de sepelio del contribuyente o de las personas a su cargo, hasta $996,12 por cada uno de ellos.
  • Para el caso de corredores y viajantes de comercio: los gastos estimativos de movilidad, viáticos y representación, amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.
  • Las donaciones, hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio.
  • Los honorarios que el empleado haya abonado correspondientes a los servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica por:

  1. Hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares.
  2. Prestaciones accesorias de la hospitalización.
  3. Servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades.
  4. Servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc.
  5. Servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina.
  6. Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales.

Estas deducciones procederán siempre que la prestación haya sido efectivamente facturada por el prestador, debiendo el empleado individualizar las facturas recibidas por los profesionales o instituciones en cuestión.
Al igual que sucede con las deducciones de las cuotas médico asistenciales, existe un tope para su deducción del 40% del total facturado.
  • Los intereses correspondientes a créditos hipotecarios que les hubieran sido otorgados por la compra o construcción de inmuebles destinados a la casa habitación, hasta $20.000 por año.
  • Los aportes al capital social o al fondo de riesgo efectuados por los socios protectores de sociedades de garantía recíproca.
  • Los importes abonados a los trabajadores domésticos en concepto de contraprestación por sus servicios y los pagados para cancelar las contribuciones patronales, con un tope máximo de $42.318 anuales.


A partir de marzo de 2016, la AFIP admitió la deducción de los aportes efectuados a Cajas Complementarias de Previsión, Fondos Compensadores de Previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, Convenciones Colectivas de Trabajo o Convenios de Corresponsabilidad Gremial y todo otro aporte destinado a la obtención de un beneficio que guarde identidad con una prestación de índole previsional que tenga carácter obligatorio para el beneficiario de las rentas.

  • Los empleados en el formulario 572 también deben declarar los importes que se consideran pagos a cuenta del Impuesto a las Ganancias, y se computan únicamente con la liquidación anual, por tal motivo les generarán una devolución de las retenciones que hayan sufrido durante el año y la deberían percibir junto con el sueldo de abril. Fragati señaló que son las siguientes:
  • Las percepciones por operaciones de importación de bienes con carácter definitivo.
  • El Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias, con los topes del 34% y el 17% previstos en el decreto 380/01.
  • Las percepciones del 5% por pago en efectivo por operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país, y las operaciones de adquisición de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país.



sábado, 11 de febrero de 2017

MONOTRIBUTO. Cambios a partir de las RG.3990

Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General 3990, la Administración Federal de Ingresos Públicos, encabezada por el Dr. Alberto Abad, avanzó en la simplificación de los trámites por parte de los ciudadanos que realizan actividades que no  justifican su inscripción como responsable de IVA y Ganancias, o sea, aquellos que no justifican su inscripción en el Régimen General.

Los primeros cambios se establecieron desde la sanción y promulgación de la Ley 27.346 de nuevo Régimen de Monotributo, que reincorporó desde el enero del corriente año la Categoría A, hasta incrementar los topes de las escalas de facturación, entre otros.

Las novedades son:




1. Recategorización de Oficio I

Inicialmente se pensó para la reconversión de las escalas que un ciudadano tenía hasta diciembre de 2016, a una categoría inferior a partir de enero de 2017; aunque quien considerara que debía pasar a dos o tres rangos menos debía hacerlo hasta el 31 de enero. Ahora podrá hacerlo en cualquier mes, pero sin efecto retroactivo al 1 de enero.

2. Recategorización de Oficio II: 

Desde hoy la AFIP hará reconversiones automáticas a una categoría superior a la registrada, basado en acreditaciones de ingresos en cuentas bancarias y de gastos personales por medio de movimientos de esas cuentas, como de consumo con el uso de tarjetas de crédito y compra, y de pago de servicios en entidades no bancarias autorizadas. 

La modificación ocurrirá cuando se presuman ingresos un 20% superiores a la categoría para el caso de los prestadores de servicios; y de 30% para los que se dedican a la venta de bienes muebles.

El contribuyente podrá justificar esos movimientos sin haber variado la facturación máxima que admita su encuadramiento, a través del sitio de Internet de la AFIP, en los primeros 30 días de notificado a través del domicilio electrónico; o hasta 15 días de haber sido intimado. De no ser aceptado el descargo, la medida podría tener efecto retroactivo a la fecha en que el organismo recaudador detecte que se produjo el desvío, y por tanto deberá pagar la diferencia desde entonces entre los pagos por mes y el que corresponde a la nueva categoría de Monotributo.
Las recategorizaciones de oficio basadas en acreditaciones bancarias de ingresos y de consumos registrados podrá tener efecto retroactivo al momento de la presunción del desvío de facturación

3. Pago electrónico obligatorio:

Hoy rige para los categorizados entre la E y la K, inclusive, desde una facturación superior a $336.000 en los últimos doce meses. Se hará de modo progresivo en las escalas inferiores: La D, más de $168.000 de facturación por año móvil, en septiembre próximo; las restantes A, B y C, hasta $168.000 por período de 12 meses previos, en noviembre de este año.

Las modalidades de pago vigentes son la transferencia electrónica de fondos; cajeros automáticos de entidades bancarias; débito automático en banco o tarjeta de crédito; tarjeta de crédito  y todo pago electrónico que se defina en el futuro, "admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por la AFIP", como la habilitación de cajeros en establecimientos comerciales y terminales de autoservicio. Incluso, el monotributista puede abrir una caja de ahorro fiscal gratuita, la cual fue habilitada hace unos 10 años, principalmente por parte del Banco Nación Argentina.

La AFIP proyecta habilitar canales de pago a través de terminales en comercios, que se sumarán a los canales vigentes, incluida la apertura de una caja de ahorro fiscal gratuita que rige desde hace 10 años, pero tiene poca difusión

4. Factura Electrónica: 

Hoy rige como obligatorio a partir de la categoría H, pero se extenderá la exigencia desde junio próximo a partir de las categorías F y G, para las ventas de bienes y servicios a responsables inscriptos en IVA. 

Se podrá generar a través del sitio de Internet de la AFIP, comprobantes en línea; se accede con clave fiscal, y también se lo podrá hacer utilizando el celular, previa descarga del aplicativo que diseñó el organismo, inicialmente para sistema Android y desde el 15 de marzo para el IOS.

En ambos casos se podrá generar el documento con extensión PDF y luego enviárselo al comprador de un bien o servicio.

5. Domicilio Fiscal Electrónico: 

Será obligatorio para los nuevos monotributistas, mientras que para los ya adheridos, se fijó un plazo para su declaración hasta el 30 de septiembre de 2017. 

Por esta vía, en la que será de suma importancia registrar un correo electrónico y una línea de telefonía móvil, la AFIP comunicará las notificaciones de cambios en los datos del titular, aunque a través del nuevo portal "Mi Monotributo", cada inscripto podrá acceder los martes y viernes de 0 a 24 horas y conocer "todo lo que la AFIP sabe de él", como el cambio de categoría de oficio.

En el nuevo portal “Mi Monotributo”, cada inscripto podrá acceder los martes y viernes de 0 a 24 horas y conocer “todo lo que la AFIP sabe de él”, como el cambio de categoría de oficio, aunque con domicilio fiscal electrónico será notificado al instante.

6. Mi Categoría: 

Habilitará un servicio a través del sitio de Internet que mostrará la información que la AFIP tiene del monotributista.

7. Recategorización o confirmación: 

Se suprimen las fechas cuatrimestrales y se fija un mes obligatorio para todos los casos: "a la finalización correspondiente al cuatrimestre mayo a agosto", en septiembre, a través de una Declaración Jurada proforma. 

Desde este año, el Monotributista podrá modificar su condición todos los meses, con efecto a partir del mes siguiente. 

Sólo estarán eximidos de esta exigencia quienes se adhieran en los 4 meses anteriores al vencimiento de la obligación. "A la finalización de los cuatrimestres calendario, la AFIP pondrá a disposición del pequeño contribuyente de la información que posee sobre su situación tributaria, a través del sitio Web institucional y mediante la remisión de alertas al Domicilio Fiscal Electrónico".

8. Se suprime la Declaración Jurada Informativa anual:

Porque los datos del monotributista serán ajustados de oficio o voluntariamente, y corroborados todos los septiembre, haya registrado o no cambios en los niveles de facturación comprendido en su categoría. 

9. Incumplimiento: 

La omisión de la nueva reglamentación impedirá al contribuyente y a sus clientes obtener la constancia de opción de Monotributo, aunque deberá seguir pagando el cargo mensual.

10. Excluidos: 

Podrán reingresar al Monotributo hasta el 31 de mayo los desafectados de oficio en 2016, por haber incumplido con los pagos mensuales; haber sufrido una sentencia judicial; o haber excedido el monto máximo de facturación admitido que era de hasta $400.000 por año para los prestadores de servicios y de hasta $600.000 para los vendedores de bienes muebles; y también los autoexcluidos en el último año por haber excedido cualquiera de los parámetros vigentes.

Podrán reingresar a la condición de Monotributista hasta el 31 de mayo próximo los autoexcluidos y los excluidos de oficio durante 2016.

Recordó el subdirector general de Servicios al Contribuyente de la AFIP, Sergio Rufail, que "tras el aumento de los límites de facturación en todas las categorías del Monotributo en un 75% respecto de los valores que rigieron hasta 2016, desde 2018 los parámetros se actualizarán todos los septiembre, considerando las dos variaciones en el año del índice de movilidad jubilatoria, y regirá desde octubre".




Fuente: infobae.com y RG. 3990 AFIP

Programa 213 - 5 de Mayo de 2015

A cuenta de las nuevas modificaciones en el Régimen Simplificado de Afip, conocido como Monotributo, estas son las consideraciones que la titular de este blog Dra. Elizabeth Julia Sanchez realizaba en el Programa Radial MUJERES ATREVIENDOSE A EMPRENDER de Graciela Losada.

Considerando los cambios que hubo hasta la fecha, hay cuestiones que se mantienen siempre vigentes.

Programa 213 - 5 de Mayo de 2015


CREDITOS FONOPYME PARA MONOTRIBUTISTAS


La iniciativa será implementada por la Subsecretaría de Financiamiento del Ministerio de Producción y los préstamos serán destinados a "proyectos que busquen incrementar la capacidad productiva de las microempresas".



FONAPYME MONOTRIBUTO
Si sos monotributista y producís bienes o servicios vinculados a una actividad productiva, podés pedir un crédito con un plazo de 60 meses a una tasa de 12% para:
  • Comprar bienes de capital nuevos o usados
  • Instalar, construir o ampliar tu planta productiva
  • Comprar materias primas e insumos para la producción
  • Adquirir otros recursos destinados a la actividad productiva


Requisitos

  • Tenés que ser monotributistas y realizar una actividad productiva, o de servicios vinculados a una actividad productiva (salvo los vinculados al sector agropecuario)
  • Tener una antigüedad mínima de 6 meses
  • Estar categorizado como PyME en www.afip.gob.ar/pymes/
  • Están excluidos los menores de 25 años de edad y/o las personas que tengan que tengan deuda el sistema bancario


Paso a paso

1. Ingresá a TAD (Trámites a Distancia) http://tramitesadistancia.gob.ar con tu C.U.I.T. y clave fiscal (nivel 2 o superior)
(Si accedés por primera vez, la página te va a indicar cómo adherirte al servicio de TAD – Tutorial: ¿Cómo adherir servicio TAD en la web de AFIP?)

Para realizar trámites de certificaciones en nombre de tu empresa, tenés que contar con la delegación de servicios vía AFIP – Tutorial para delegar servicios y aceptar delegación

2. Tras la inscripción en el Registro PyME, en la sección Nuevo Trámite, seleccioná dentro de la categoría Ministerio de Producción el trámite PROGRAMA FONAPYME – Documentación a presentar y completá los tres pasos
a. Ingresá tus datos
b. Completá el formulario de proyecto y presentá la documentación requerida (obligatoria y adicional)
c. No te olvides de confirmar el trámite



Vas a recibir una notificación con el resultado cuando el trámite sea procesado
http://www.produccion.gob.ar/creditos-para-monotributistas/

miércoles, 1 de febrero de 2017

Netiquette

  En muchas oportunidades no es nada sencillo comunicarse por escrito, simplemente porque no vemos los gestos de nuestro interlocutor, solo leemos una frase que puede ser interpretada de diferentes maneras.

  Un mensaje puede llegar de manera diferente a una determinada cantidad de personas, por eso es tan importante la forma de expresarse a través de Internet.

  Hay reglas, que se han creado para facilitar esa comunicación en el mundo virtual a veces tan despersonalizada, y que se aplican perfectamente al mundo real, sin dudas.

  Se llaman Netiquette, y consisten en:

  Las netiquetas o Netiquette se refiere a un conjunto de normas de convivencia en Internet que todo internauta debe tener en cuenta y se basa en el respeto hacia el otro adaptando las normas comportamientos convencionales del día a día en Internet.

  Se enumeran aquí las normas básicas y mayormente aceptadas de Netiquette para listas de correo e intercambio de e-mails en grupo. Respetar estas normas básicas nos evitará problemas a la hora de participar y hará más agradable nuestra convivencia en la lista.


Respete siempre
las normas
Casi todas las listas de correo y foros tienen sus reglas.
Infórmese de las normas y reglas antes de participar en cualquiera de ellas. Si no le han informado al suscribirse, o tiene alguna duda, pida que le informen, no tema preguntar al respecto.
Conozca
el tema a
tratar
Al suscribirse a una lista de correos, conviene revisarla durante algunos días sin participar. Eso da una visión general de la manera en la que se tratan los temas en esa lista en particular. A veces, una nota, por muy pequeña que sea, que esté hecha con desconocimiento de algún tema puede generar ironías dentro de un grupo.
No desvíe
el tema
Desviarse del tema tratado es lo que se conoce en Inglés como Off-Topic.
Si desea hablar sobre un tema distinto al que es tratado en ese foro o lista, busque uno que trate el tema que le interesa. No 
intente cambiar los lineamientos del foro.
Salude a los
integrantes del
grupo
Al enviar su primer mensaje, salude y preséntese a los integrantes del grupo. Indique brevemente su experiencia o interés sobre el tema que se trata y los motivos por los cuales se suscribió.
Asuma sus
errores
Si le han hecho notar algún error cometido, asuma su responsabilidad conscientemente. Evite ser orgulloso. El orgullo por escrito es más elocuente que el orgullo transmitido verbalmente.
Solicite disculpas al grupo o a los afectados y una vez obtenidas continúe las relaciones normales con los integrantes.
Evite
enfrentamientos
Evitar los enfrentamientos: Agravios, insultos, improperios ... que son corrientes en la red, especialmente en listas y foros abiertos y/o de interés general. Siga estos tres consejos básicos:
A) Sea cortés y no utilice expresiones coloquiales (pueden ser mal interpretadas).
B) Respete siempre las normas del foro y de Netiquette.
C) Trate a todos con respeto, de la misma forma que Usted espera ser tratado
Asuma su
posición
correcta dentro
del grupo
No coloque sus conocimientos por encima del de los demás personas. Dese a conocer a lo largo de sus participaciones en el foro.
Hacer alarde de sabiduría, aunque se tenga realmente, puede generar conflictos y hostilidad.
Mejor que alardear es actuar, ayudar y colaborar con el grupo, así reconocerán sus conocimientos.
La humildad es una cualidad necesaria en Internet.
Envíe respuestas
concretas
Filtre el mensaje que responderá. Hacer una cita del mensaje completo, incluídas las demás respuestas es de mal gusto.
Evite la palabrería y vaya directamente a la respuesta. En los foros con temas específicos, a veces un integrante no conoce totalmente un tema. No se burle de la ignorancia de los demás.
Edite el
mensaje a ser
respondido
Cuando responda un mensaje, editelo, si es necesario, línea por línea para que el receptor sepa qué está contestando exactamente. Citar un mensaje completo y contestar sólo a lo que está planteado en dos de sus líneas hace que se pierda el sentido de la respuesta.
Generalmente, en una lista de correos, cuando se contesta un mensaje que habla de un solo tema, citar las dos o tres primeras líneas basta para que el grupo sepa a que se refiere.
Especifique
a quien va a
responder
Cuando un mensaje llega a una lista de correos, es porque uno de los integrantes lo envió. Eso es obvio.
Al responder el mensaje, diríjalo a la lista, haciendo referencia especial a la persona que envió el mensaje. Salúdelo directamente para que se sepa hacia quién va principalmente dirigida su respuesta.
Utilice
correctamente
la línea Asunto
No haga de al línea Asunto (Subject) del E-mail la mitad del texto del mensaje. Tampoco use expresiones como "Ayuda!", "SOS" o "Duda".
Resuma, allí, en dos o tres palabras el tema del mismo. Para que, quienes lo reciban tengan una idea general de lo que trata el mensaje.
Al responder, deje esa línea tal como está (RE:.....), así será más fácil para todos hacer un seguimiento de los mensajes enviados sobre el mismo Asunto.
No envíe
mensajes
innecesarios
En las listas de correo, evite el envío de mensajes innecesarios. Por ejemplo: si desea agradecer la ayuda recibida de algún suscriptor de la lista, y el mensaje no aporta información que pudiera ser de interés para el resto del grupo, envíelo directamente a la dirección de la persona que lo ayudó y NO a la lista.
Tampoco envíe excesivos mensajes diariamente a la lista, esto puede ser mal visto y aumenta el volumen de trafico en la misma.  
No utilice
Autorresponder
Algunos programas y servicios de correo electrónico permiten configurar un mensaje de respuesta automática. NO utilice esa opción si esta suscrito a una lista de correo.
Inicie un tema
con aportaciones
propias o
preguntas.
No se debe preguntar al grupo cosas como: ¿por qué nadie habla de esto o de aquello?
Hay listas y foros de todo tipo y seguramente encontrará usted alguna que hable de lo que usted necesita saber.
Si quiere saber de algún tema de los que se tratan en una lista de correos específica, no pregunte, opine. Tenga en cuenta que a la gente no suele gustarle que venga alguien preguntando por qué no se habla de tal o cual cosa, cuando acaban de terminar una discusión que quizá ha durado días, acerca de ese tema. Normalmente en cada lista o foro existe un archivo, donde alamacenan los mensajes y temas tratados y las participaciones de los integrantes.
Utilice un
formato adecuado
de escritura
Infórmese del formato de correo utilizado en la lista.
Si en la lista es permitido utilizar correo en HTML, por ejemplo, entonces puede enviar los mensajes en HTML o en texto plano. Pero si el HTML está prohibido o el común vota por no utilizarlo, puede ser mal visto que usted lo utilice.
Por lo general, en la mayoría de las listas se recomienda el uso de texto plano (sin formato).
No envíe
archivos adjuntos
El envío de Archivos Adjuntos (Attachements) a las listas de correo está terminantemente Prohibido en la mayoría de ellas. Jamas envíe mensajes con archivos adjuntos a una lista, salvo que este seguro que eso es permitido en la misma. Si tiene dudas consulte antes de hacerlo. 
Transmita
emociones
Use frecuentemente los Emoticones. :-)
Así podrían evitarse malas interpretaciones de comentarios sarcásticos y burlones con la intención de poner un toque de humor a su mensaje.
NO
GRITE
ESCRIBIR EN MAYUSCULAS ES EL EQUIVALENTE A GRITAR. Y ADEMAS, LOS MENSAJES EN MAYÚSCULAS SON MÁS INCOMODOS DE LEER QUE LOS QUE UTILIZAN CORRECTAMENTE, MAYÚSCULAS Y MINÚSCULAS.
Haga los
mensajes
cómodos
de leer
TaMpOcO es cÓmodO LeEr lOs mEnSaJeS dE eStE tIpO. AlGuNoS pRoGrAmAs De CoRrEo TiEnEn TiPoS De LeTrAs Q hAcEn eStOs mensAjEs IlEgIbLeS y No eS dE mUy BuEnA eDuCaCiÓn eScRiBiR AsI.
Sea
conciso y
directo
No se extienda mucho en sus comentarios o explicaciones. Escriba con claridad utilizando los signos de puntuación correctamente y dejando espacio entre líneas para separación de los párrafos.
Sea
discreto
Si conoce secretos de algunos de los integrantes, no los revele a la lista completa. No se deben llevar las rencillas personales a la comunidad de la lista de correos.
Respete la
privacidad de
otros
No lea el correo ajeno. Si algún mensaje de uno de los del grupo, dirigido a otro del mismo grupo, llega por equivocación a usted, no lo "pase". Envíelo de vuelta al remitente indicándole que confundió su destino y no vuelva a tocar el tema.
Envíe los
mensajes a
quien
corresponda
Para que no le suceda a Ud. lo advertido en el punto anterior, asegúrese de colocar las direcciones correctas en los campos Para:, CC: y CCO: de su cliente de correos.
Un buen hábito es, dedicar unos segundos a revisar los mensajes antes de enviarlos.
Evite las
malas
interpretaciones
Tenga cuidado con sus opiniones. Por ejemplo, si llega Ud. a comentar algo como: "Ese programa es muy caro, pero me gustaría tener uno", eso puede ser interpretado como el deseo de adquirirlo.
Sea
cordial
Utilice expresiones corteses para dirigirse al grupo, como:
Por favor, serían tan amables de decirme como se hace ...
Me gustaría que, por favor, me indicaran donde ...
Quisiera preguntarles si saben ustedes como ....
Eso demuestra altura y respeto por los participantes.
No
presione al
grupo
Evite las amenazas. Si considera que una consulta suya no fue respondida satisfactoriamente, redáctela de nuevo, explicando cortésmente su insatisfacción y las razones específicas de su consulta. No envíe el mismo mensaje repetidas veces.
Evite
las burlas,
las ironías o
el sarcasmo
Existe todo tipo de caracteres entre los integrantes de una lista o foro. No todos son de su mismo país o ciudad, así que no todos entienden el humor tal cual lo expresa Ud.
Tenga cuidado con ciertos sarcasmos, ironías o terminos populares que pueden ser 
mal interpretadas u ofender a personas de otros países y culturas.
Aporte
opiniones o
amplíe el tema
tratado
No cite todo el mensaje para agregar frases cortas como:
"Yo también..." ó "Yo no creo eso..." ó "No te entiendo..."
Dese a la tarea de explicar por qué está de acuerdo, por qué difiere del autor del mensaje o especifique las cosas que no entiende.
Fuente:  http://www.comunidadelectronicos.com/listas/netiquette.htm

  Además también es importante, si conocemos a la personas, saber cuáles son sus término al hablar, todos tenemos “muletillas” que solemos utilizar y que hace más familiar la comunicación por escrito. Algunos utilizan emoticones, símbolos o simplemente términos que solo ellos y sus entornos conocen y saben que quieren decir.

  Pero como no todos los usuarios de Internet y sus diferentes redes sociales se conocen personalmente, e incluso tal vez nunca han escuchado su voz, es útil tener en cuenta los detalles de las netiquettes.


  En definitiva, no dejemos que Internet nos despersonalice.

FERIADOS 2017 Argentina.


Por medio del decreto 52/2017, se reformuló el régimen de feriados para el territorio nacional:
- Se eliminan los feriados turísticos, 

- Aquellos feriados nacionales cuyas fechas coincidan con días martes y miércoles se trasladan al día lunes anterior,

- Aquellos feriados nacionales cuyas fechas coincidan con días jueves y viernes se trasladan al lunes siguiente, y

- Excepciones: No se trasladan el 1 de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1 de mayo, 25 de mayo, 9 de julio, 8 de diciembre y 25 de diciembre.

Fuente: Decreto 52/2017 BO 23/01/2017

EXHIBICION DE PRECIOS EN COMERCIOS. CAMBIOS A PARTIR DE FEBRERO 2017. R. 51- E 2017 Y DISP. 5-E 2017

EXHIBICION DE PRECIOS EN COMERCIOS. CAMBIOS A PARTIR DE FEBRERO 2017. R. 51- E 2017 Y DISP. 5-E 2017

10 claves del comienzo del fin de las 'cuotas sin interés'

10 claves del comienzo del fin de las 'cuotas sin interés'

¿Cuál es la opción mediante la cuál algunos Monotributistas que renunciaron pueden reingresar al Monotributo?

¿Cuál es la opción mediante la cuál algunos Monotributistas que renunciaron pueden reingresar al Monotributo?: Los pequeños contribuyentes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho por aplicación de los parámetros existentes durante el año 2016...

RG 4816 AFIP Reglamentación Moratoria Ampliada 2020

RG 4816 AFIP Reglamentación Moratoria Ampliada 2020 : RG 4816 AFIP reglamenta la Moratoria Ampliada 2020 ley 27562 formalidades que deberán ...