jueves, 28 de junio de 2012

IMPUESTO A LAS GANANCIAS – Proyecto de modificación




     El proyecto fue presentado por los diputados Facundo Moyano y Héctor Recalde luego de los últimos acontecimientos que son de dominio público.

         




Los puntos sobresalientes son:

Ø       Los valores de las deducciones se incrementan en un 40% cuyo efecto real resulta mucho más elevado ya que este mismo proyecto contempla la eximición del aguinaldo dentro de la base imponible utilizada para el cálculo de la retención;

Ø       Se propone disminuir en un 2% la tasa máxima del impuesto;

Ø       Los valores propuestos correspondiente a las deducciones personales anuales son:
ü       MNI de $ 12.960 a $ 18.144;
ü       Cónyuge de $ 14.400 a $ 20.160;
ü       Hijos de $ 7.200 a $ 10.080;
ü       Deducción Especial de $ 62.208 a $ 87.091.

Ø       Se propone la inclusión de una cláusula de actualización anual automática;

Ø       El texto del proyecto propone la eximición del pago del impuesto a los siguiente conceptos:
ü       Aguinaldo (SAC);
ü       Horas extras y nocturnas;
ü       Feriados obligatorios y días no laborables trabajados;
ü       Rubros legales y pagos adicionales por productividad;
ü       Indemnizaciones legales derivadas de la relación laboral;


Si bien la gran mayoría de las modificaciones propuestas apuntan a la Renta de 4º categoría que es aquella que representa los sueldos de los empleados en relación de dependencia, jubilaciones, etc. también tendría, de ser aprobado, su impacto en los emprendedores ya sea autónomos o monotributistas.

         Sobre todo los autónomos a quienes les corresponde presentar Ganancias Personas Físicas que toman las mismas deducciones personales que aquellos que solo trabajan en relación de dependencia.

         Y si vamos un poco más allá, las personas jurídicas también tendrían su beneficio ya que disminuye la tasa máxima del 35% al 33%.

       La reforma es global, ya que la Ley del Impuesto a las Ganancias engloba en ciertos aspectos a todo tipo de rentas, autónomas y provenientes del trabajo en relación de dependencia.

lunes, 25 de junio de 2012

Ingresos Brutos C.A.B.A. - Cese

    A partir del 3 de marzo de 2008, para realizar la denuncia del cese de actividades en el Impuesto sobre Ingresos Brutos ya no necesita ir a Rentas

     El trámite se genera en forma sencilla, mediante la utilización de la Clave Ciudad proporcionada por la AGIP.

      La denuncia de cese de actividades se producirá luego de realizada la transferencia electrónica de datos. El sistema extenderá un acuse de recibo que para el caso de tener algún anticipo pendiente de pago surgirá como "Trámite observado" hasta cumplir con la obligación.


      Con la sola denuncia, a partir de la fecha de cese, queda relevado de la presentación de las obligaciones formales y materiales.

      Si el sistema arrojara detalle de deuda, a las 72 hs de haberla regularizado, deberá proceder a iniciar nuevamente el trámite de denuncia de cese, repitiendo la fechas de ceses informada originalmente para obtener el "Cese Definitivo Sin Observaciones".

      Quedan excluídos de esta modalidad los contribuyentes inscriptos bajo la categoría de Convenio Multilateral, quienes deberán realizar este tramite por el sistema Padrón Web aportando luego de las 48 hs. de enviado el trámite por transferencia electrónica,  el formulario CM02  en las ventanillas del Departamento Ingreso Brutos o Padrón de Grandes Contribuyentes para su confirmación  y así o de proceder a la notificación de las demás jurisdicciones en las que tributan.

      Quedan excluidos también de esta  operatoria el cese por fallecimiento para las personas físicas y el cese por liquidación para las personas jurídicas.

       Le recordamos que para seguir adelante con este trámite, debe contar a la mano con todos los datos que figuran en los formularios de inscripción.


RG 4816 AFIP Reglamentación Moratoria Ampliada 2020

RG 4816 AFIP Reglamentación Moratoria Ampliada 2020 : RG 4816 AFIP reglamenta la Moratoria Ampliada 2020 ley 27562 formalidades que deberán ...