jueves, 26 de julio de 2018

Reingreso a la categoría de Régimen Simplificado C.A.B.A.

RESOLUCION A.G.I.P. 206/18 (G.C.B.A.)
Buenos Aires, 16 de julio de 2018
B.O.: 24/7/18 (C.A.B.A.)
Vigencia: 24/7/18

Ciudad de Buenos Aires. Impuesto sobre los ingresos brutos. Reingreso a la categoría de Régimen Simplificado. Plazo.
Art. 1 – Establécese que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que hubieren quedado excluidos de la categoría Régimen Simplificado durante el año 2017, ya sea por declaración jurada o de oficio por esta Administración, por superar el límite máximo de ingresos devengados para la permanencia en la máxima categoría, podrán reingresar al mismo hasta el día 30 de setiembre de 2018.
Art. 2 – Los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos excluidos de la categoría Régimen Simplificado que no efectúen su reingreso dentro del plazo previsto en el artículo anterior, deberán cumplimentar los términos y condiciones previstas en el art. 8 de la Res. A.G.I.P. 222/13.
Art. 3 – La presente resolución rige a partir de su publicación.
Art. 4 – De forma.

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