Opinión personal: Hace solo 6 meses los empleadores tuvieron que cumplir con el Registro de Empleadores online, como todos los años, por lo cual, los datos de los empleadores los tienen, pero los tienen en el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE) y ahora decidieron que los quieren tener en la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), así que, qué mejor forma que pedirle directamente al contribuyente (indirectamente al contador) que los vuelva a cargar.
Lamentablemente nos convertimos en la mano de obra más barata a la cual todo organismo de recaudación puede aspirar.
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REGISTRO DE EMPLEADORES ONLINE – REEMPADRONAMIENTO. RESOLUCION SSTI Y C. 1894/17 (GCBA)