CONVENIOS. Se aprueba el Convenio entre la República Argentina y la República de Chile para eliminar la Doble Imposición.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Convenio entre la República Argentina y la República de Chile para Eliminar la Doble Imposición en Relación a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y para Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal, celebrado en la ciudad de Santiago —República de Chile— el 15 de mayo de 2015, que consta de treinta y dos (32) artículos y un (1) protocolo, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DlAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27274 —